Después de una jornada en la que el DOF cambió su edición y
suprimió el acuerdo ya publicado en el que se hacía publica la reconsideración
como actividades esenciales a la industria minera, de la construcción y de
fabricación de equipo de transporte (autos ligeros, vehículos pesados,
aeroespacial, ferroviario, marítimo), este jueves 14 de mayo, la publicación
dependiente de SEGOB publicó una segunda versión al respecto, donde aclara
ciertos puntos.
Desde la tarde de ayer, el Subsecretario Lopez-Gatell
explicó durante su conferencia, que, las nuevas actividades esenciales volverán
bajo un esquema de tres etapas, y que, por lo tanto el 18 de mayo marcaría el
día en que las empresas de dichos sectores deben comenzar a implementar las
medidas y protocolos necesarios para iniciar labores en una tercer etapa, del 1
de junio del 2020.
En su intervención, y fiel a su estilo reiterativo, el
subsecretario repitió que 'del 18 al 31 de mayo es donde tienen que adaptar
los lineamientos de seguridad que hemos puesto a disposición y que el lunes entregaremos
formalmente a las representaciones de estos sectores'. Las disposiciones han sido generadas por la STPS,
SSA, IMSS en colaboración con organizaciones como la Industria Nacional
de Autopartes.
La mayoría de las adecuaciones a realizarse en la industria automotriz
del 18 al 31 de mayo corresponden a la captación de proveeduría de insumos
de protección, higiene y salud; la adaptación de infraestructura, y en la
mayoría de los casos de adecuaciones en la conducta de los trabajadores,
como turnos, traslados, etcétera.
En concreto, el DOF en su edición matutina de esta mañana,
14 de mayo, indica en su Artículo Cuarto:
'Se establece como acción extraordinaria que las actividades de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, serán consideradas como actividades esenciales.
Las empresas que se dediquen a las actividades a que
se refiere el párrafo anterior, podrán iniciar labores el 1 de junio de 2020.
Así mismo, del 18 al 31 de mayo de 2020, dichas empresas implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.'
Puedes consultar el acuerdo del DOF, aquí: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593313&fecha=14/05/2020